DPP cuestionó proyecto de declaración videograbada a menores abusados

DPP cuestionó proyecto de declaración videograbada a menores abusados

66458982ef2492af27cbe22f480bc52dPor Marcelo Padilla V.,
Defensoría Nacional.

El Defensor Regional Metropolitano Norte, Leonardo Moreno, fue el encargado de entregar ayer, en Valparaíso, la postura de la Defensoría Penal Pública frente a una moción parlamentaria de los diputados Cristián Letelier (UDI) y Denise Pascal (PS) que modifica la Ley N° 19.968, de Tribunales de Familia, y el Código Procesal Penal, con el objetivo de reducir la victimización de los menores abusados sexualmente e instaurar una declaración videograbada única para estos casos, lo que evitaría multiplicar los contactos del menor afectado con el sistema.

Acompañado por el abogado Francisco Geisse, ex Defensor Regional de Los Lagos y actual asesor del Departamento de Estudios y Proyectos (DEP) de la institución, Moreno expuso la posición institucional ante los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara, que preside Cristián Monckeberg (RN). Cada uno de los parlamentarios recibió una minuta con los comentarios institucionales al proyecto y un ejemplar de la última edición de “Revista 93”, centrada en la temática de la defensa penal juvenil.

En detalle, si bien valoró la preocupación de los legisladores y su intención de “poner este tema en la carpeta de debate, nos parece que muchas de las cuestiones que uno podría criticar del sistema tienen que ver más con su operatividad práctica que con problemas estrictamente normativos”, de modo que podrían resolverse mediante diálogo y acuerdos entre las instituciones intervinientes, sin necesidad de afectar o modificar la estructura normativa que regula estos temas.

Entre los aspectos más críticos del proyecto, el directivo de la DPP explicó que esta moción parlamentaria confunde erróneamente la necesidad de proteger a los menores de edad con su tratamiento como víctimas, sin considerar -además- que tal protección debe alcanzar incluso a los menores que, eventualmente, sean autores de estos mismos ilícitos.

“El estatuto de los menores es obligatorio para todos los Estados y no es susceptible de ser renunciado ni alterado. En cambio, la situación de tener o no el carácter de víctima es una condición procesal, que tiene que ver con un acto eventual, que puede modificarse dentro del proceso (…) En este caso, el proyecto homologa la condición de menor con la condición de víctima, lo que inmediatamente pone el interés superior del niño como un estatuto irrenunciable e inmodificable, que pasa a primar sobre cualquier otro estatuto dentro de un sistema de justicia”, aclaró.

CONTROVERTIR PRUEBA
Moreno cuestionó también la noción de que, en aras de proteger mejor a los menores víctimas de abuso sexual, la iniciativa parlamentaria termine dificultando las atribuciones de la defensa en el contexto de un debido proceso, al complejizar o incluso impedir la posibilidad de controvertir prueba o contrainterrogar al menor víctima en juicio, cuestión vigente en todos los sistemas comparados.

“En un modelo democrático de enjuiciamiento penal, no puede existir una prueba respecto de la cual se establezca tal nivel de protección y amparo, que la libere o la deje al margen del control propio del juicio. En un modelo acusatorio adversarial como el chileno, el control fundamental de la prueba se hace en juicio o a través de un mecanismo reconocido, como la prueba anticipada”, aclaró.

Moreno aclaró que aunque la DPP valora la idea de disminuir los contactos de los menores abusados con el sistema penal -para disminuir todo lo posible su revictimización-, “esto no tiene que ver con el número de entrevistas, sino con las condiciones de ésta. Un solo contacto del menor con un sistema que no establece especialistas o protocolos de entrevista puede ser tremendamente revictimizador, aunque se realice una sola vez”.

SISTEMAS COMPARADOS
El directivo señaló, además, que en diversos sistemas comparados en que se ha avanzado para reducir los contactos del menor con el sistema -mencionó los casos de Inglaterra, Australia, Israel y España, entre otros-, se han contemplado igualmente los mecanismos adecuados para cautelar que la defensa pueda controvertir y controlar la prueba de cargo, de modo -por ejemplo- que no se ha evitado que el menor declare en juicio.

“Hay que compatibilizar tres cuestiones: los derechos del menor y del menor víctima, sin duda, pero también de los ciudadanos imputados por delitos sexuales, que son de muy difícil prueba y que, por lo tanto, los exponen a la posibilidad de errores judiciales y de que se condene a personas inocentes”, aseguró.

El Defensor Regional Metropolitano Norte explicó, por último, que es fundamental aclarar cuál es el sentido que se le quiere dar a esta reducción de contactos del menor con el sistema, cuestión que la moción parlamentaria no clarifica.

“Hay tres maneras de entender la entrevista única en el sistema comparado: como antecedente investigativo, para que el Ministerio Público decida si persigue o no penalmente a alguien; como información útil para que el juez determine la credibilidad del menor -en cuyo caso debe estandarizarse un protocolo de entrevista- o como prueba en la etapa de juicio oral, sin exponer al menor ante su presunto agresor. Son formas muy distintas de entender lo que llamamos ‘entrevista única’, de modo que si queremos avanzar hacia allá hay que definir primero cuál es el objetivo que queremos cumplir”.

Al finalizar el debate de este primer tema, los parlamentarios presentes -Cristián Monckeberg, Jorge Burgos (DC), Alberto Cardemil, Marcelo Díaz, Cristián Letelier y Arturo Squella- acordaron realizar una nueva sesión de consultas la próxima semana, a la cual serán citados el abogado Francisco Estrada, ex director del Sename; la jueza de familia María Olga Troncoso y Nicolás Espejo, consultor de Unicef Chile.

AUMENTO DE PENA
Previamente, los parlamentarios escucharon a otras dos personas, invitadas a comentar otra moción, que pretende aumentar la pena al delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, excluyéndolo expresamente -además- del catálogo de beneficios de la Ley N° 18.216.

En efecto, tanto la jefa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia, Paulina González, como el director nacional de Gendarmería, Marco Antonio Fuentes, se mostraron contrarios a esta iniciativa, más allá de lo cual el texto quedó listo para ser votado por la instancia.

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